Código de conducta
El Código Ético de SECEGSA se basa en el respeto a los 10 Principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Tripartita de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley 19/2003 de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
Constituye una guía de actuación para asegurar un comportamiento adecuado en el desempeño profesional de sus empleados.
Ámbito de aplicación
Este Código se aplica a todas las personas que forman parte de SECEGSA con independencia de la posición y función que ocupen.
Objeto
El Código Ético de SECEGSA se basa en el respeto a los 10 Principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Tripartita de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Ley 19/2003 de transparencia, acceso a la información y buen gobierno. Constituye una guía de actuación para asegurar un comportamiento adecuado en el desempeño profesional de sus empleados.
Su objetivo es identificar y compartir el conjunto de principios y recomendaciones de comportamiento cuya asunción y aplicación contribuye a una gestión ética y responsable en el desarrollo de la actividad de SECEGSA y en las relaciones que se establecen con las administraciones públicas españolas y de otros países, organismos internacionales, entidades y empresas públicas y privadas.
Principios de actuación
A. Administradores y personal directivo
Los administradores y los directivos de SECEGSA, en el ejercicio de sus funciones de administración y gestión, deben ajustarse a los siguientes principios:
A1. Respeto de los Derechos fundamentales
SECEGSA defiende y promueve el compromiso de cumplir con la doctrina de los derechos humanos, conformando una base ética y moral que debe fundamentar la actividad de la empresa.
En particular, debe:
- Reconocer los derechos de asociación y sindicación.
- Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo, adoptando cuantas medidas sean razonables para maximizar la prevención de riesgos laborales.
- No permitir ninguna forma de violencia, acoso, o abuso en el trabajo.
- Respetar, apoyar y promover la igualdad de oportunidades, no discriminando a los empleados por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad.
A2. Conocimiento y comunicación
- Realizar un ejercicio profesional ético y responsable.
- Cumplir y hacer cumplir el Código Ético de SECEGSA y, para ello, darlo a conocer y establecer los mecanismos adecuados para garantizar su aplicación.
- Comunicar inmediatamente al órgano de administración cualquier hecho o situación que pudiera suponer o llegar a ocasionar un conflicto entre el interés de la empresa y el interés particular del administrador o directivo y abstenerse de intervenir en su resolución.
A3. Confidencialidad
- Mantener la confidencialidad de los antecedentes, datos y documentos a los que tengan acceso en razón del ejercicio de sus funciones, incluso después de haber cesado en ellas.
- Respetar la intimidad y confidencialidad de la información de los empleados, solicitando y utilizando exclusivamente aquellos datos que fueran necesarios para la eficaz gestión de sus competencias o cuya constancia fuese exigida por la normativa aplicable, haciendo un uso responsable de la misma.
A4. Profesionalidad
- Subordinar los intereses propios a los de la empresa cuando actúen en nombre y representación de ésta y no utilizar los activos sociales en su propio beneficio.
- Dedicarse, con continuidad en el tiempo y con el esfuerzo necesario, al seguimiento regular de las cuestiones que plantee la administración de la empresa, recabando la información suficiente para ello y la colaboración o asistencia que considere oportuna.
- No prestar sus servicios profesionales o actuar al servicio de entidades ajenas a SECEGSA sin la preceptiva autorización.
A5. Responsabilidad en el ámbito económico-financiero
- Garantizar la veracidad de la información económica en todos aquellos trabajos que estén bajo su responsabilidad o tutela.
- Reflejar con veracidad, exactitud y honestidad, la situación económica y financiera de SECEGSA, tanto en los instrumentos de gestión como en los de información.
- Programar y ejecutar los pagos conforme a las normas establecidas, con la máxima diligencia posible y sin establecer discriminación alguna.
- No realizar en beneficio propio, o de las personas a él vinculadas, ninguna inversión u operación de la que haya tenido conocimiento con ocasión del ejercicio de su cargo, si tal inversión u operación hubiera sido ofrecida a SECEGSA, o si tuviera interés en ella, salvo que la haya desestimado.
A6. Diversidad y conciliación
- Tratar con dignidad, respeto y justicia a los empleados.
- Procurar la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías.
- Procurar la conciliación del trabajo en la empresa con la vida personal y familiar de los empleados.
B. Personal de la organización
B.1 Reputación y lealtad a la empresa
- Cada empleado es representante de los intereses e imagen de SECEGSA durante el ejercicio de su actividad profesional, por lo que se evitará cualquier conducta que pueda perjudicar la reputación o los intereses de la empresa.
- Ante conflictos de intereses en el desempeño profesional, los empleados de SECEGSA subordinarán sus intereses personales a los de la empresa. De igual modo, siempre difundirán la postura de la empresa, no la personal.
B.2. Confidencialidad
- En el desempeño de sus responsabilidades profesionales, los empleados respetarán el secreto profesional derivado de su relación con otras empresas.
- Los empleados se comprometen a no difundir ni dar publicidad a las informaciones o documentación a las que puedan acceder a raíz de su relación laboral con SECEGSA y que puedan comprometer los intereses de la misma.
- Todos los empleados deberán velar por la protección de los datos personales que se almacenen o intercambien durante la actividad profesional, e incluso después de haber cesado en ellas, respetando la legislación sobre protección de datos personales cuando se trate de datos de los empleados, proveedores u otros profesionales.
B.3. Dedicación
- Los empleados deberán trabajar de forma eficiente durante la jornada laboral, rentabilizando el tiempo y todos los recursos que la empresa pone a su disposición, tratando de aportar el máximo valor en todos los procesos en los que participan, cumpliendo con las obligaciones derivadas de su contrato y respetando los procedimientos establecidos para cada actividad.
- Durante la jornada laboral estipulada, los empleados serán responsables del uso del tiempo para fines laborales.
B.4. No concurrencia
- Mientras esté vigente su relación contractual con SECEGSA, el profesional no prestará servicios laborales que resulten o puedan resultar concurrentes con las actividades desarrolladas por la empresa, salvo que cuente con autorización expresa para ello.
B.6. Uso de los recursos de la empresa
- Los empleados harán un uso racional y eficiente de los recursos y acceso a los sistemas informáticos que la empresa pone a su disposición para el desempeño de su actividad profesional.
- Los empleados evitarán la utilización de esos recursos para fines distintos a los propios de su relación contractual con SECEGSA.
B.7. Seguridad, Salud y Medio Ambiente
- Todo empleado está obligado a conocer y a cumplir las medidas preventivas de seguridad y salud que afectan a su puesto de trabajo, utilizando los medios que SECEGSA pone a su disposición.
- Los empleados actuarán de acuerdo con los criterios de respeto al medio ambiente, adoptando hábitos y conductas acordes con las buenas prácticas ambientales.
C. Relación entre todos los empleados
C.1. Respeto a las personas
- Todos los empleados, independientemente de las responsabilidades que asuman en la compañía, han de tratarse con respeto propiciando unas relaciones y un entorno de trabajo cordial, evitando las situaciones en las que se pueda intimidar u ofender los derechos de las personas.
- Los empleados no incurrirán, bajo ninguna circunstancia, en conductas de acoso sexual, abuso de autoridad, ofensa u otra forma de agresividad y hostilidad que propicien un clima de intimidación.
- La totalidad de los profesionales de la organización están obligados a guardar un respeto escrupuloso de los Derechos Humanos y de las Libertades Públicas recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los sistemas jurídicos de los países en los que la empresa desarrolle su actividad.
C.2. Cooperación y colaboración
- Cada empleado aspirará a ser eficiente en el desempeño de sus funciones.
- Todos los empleados actuarán con espíritu de cooperación y colaboración, participando en el trabajo en equipo y poniendo a disposición de los demás trabajadores los conocimientos y recursos que puedan facilitar la consecución de los objetivos de la empresa.
D. Relación responsable con terceros
D.1 Relación con proveedores y empresas colaboradoras
- El trato con proveedores y empresas colaboradoras debe buscar establecer relaciones basadas en la confianza y en el beneficio mutuo.
- Las relaciones con los proveedores y colaboradores se rigen por los principios de integridad y honestidad, y su elección responderá a los principios de mérito y capacidad, atendiendo a la relación entre la calidad del producto o servicio y el coste del mismo.
- Los profesionales involucrados en las decisiones de selección garantizarán la transparencia, imparcialidad y objetividad en cada proceso de selección de contratistas, proveedores y colaboradores externos. Aplicarán la normativa de contratación de SECEGSA, observando el más estricto cumplimiento de los procedimientos establecidos al efecto en cada caso.
D.2. Relación con las Administraciones Públicas
- Las relaciones con las administraciones públicas estarán guiadas por el respeto institucional y el cumplimiento de las resoluciones que de ellas emanen.
- Las comunicaciones de índole administrativa deberán dirigirse y gestionarse por aquellos ámbitos que tienen la responsabilidad para hacerlo, respetando siempre los plazos exigidos.
D.2. Relación en el entorno internacional
- Los empleados respetarán escrupulosamente la legislación vigente, las costumbres y la cultura de los países en los que se desarrolle su actividad.
D.3. Legalidad
- SECEGSA se compromete a actuar de acuerdo con la legislación vigente en todas sus manifestaciones.
- Todos los empleados deben conocer las leyes que conciernen a su trabajo y la Dirección proporcionará las instrucciones y asesoramiento necesarios.
D.5. Transparencia y veracidad de la información
- Los empleados de SECEGSA se comprometen a comunicar la información, tanto interna como externa, de forma transparente, honesta y veraz. En ningún caso se hará entrega, o se pondrá a disposición de la empresa, intencionadamente, información incorrecta, incompleta, inexacta o que pudiera confundir al que la recibe.
- Toda la información relativa a la empresa cumplirá con los requisitos de veracidad, objetividad, oportunidad, integridad, exactitud, verificabilidad y claridad.
D.6. Regalos, compensaciones y sobornos
- Está prohibida toda práctica de actuaciones de corrupción, soborno, aceptación o entrega de pago, o de facilitación en todas sus formas, activas y pasivas, ya sea por medio de actos u omisiones o mediante la creación o el mantenimiento de situaciones de favor o irregulares.
- No estará permitido aceptar un regalo en efectivo o equivalente de efectivo de cualquier cantidad, así como en general aceptar regalos cuyo valor o naturaleza exceda la atención de cortesía.
Alcance, difusión y cumplimiento
Alcance
El Código Ético es de obligado cumplimiento para todos los empleados, directivos y consejeros. Nadie está autorizado para solicitar a un empleado que contravenga lo contenido en este Código.
Difusión
SECEGSA adoptará las medidas oportunas para hacer efectivo el presente Código, dando difusión del mismo entre los empleados y resolviendo las dudas que su aplicación pueda generar. Una versión resumida del Código se publicará en la página web de SECEGSA.
Cumplimiento
El Consejo de Administración de la Sociedad asumirá las funciones de Comité de Cumplimiento en relación a las normas contenidas en este Código y en concreto le corresponderá:
- Comprobar la aplicación del Código Ético.
- Fomentar las iniciativas para la difusión y comprensión del Código.
- Gestionar el canal de consulta, notificación o denuncia.
- Recibir y analizar los avisos de vulneración del Código Ético.
- Tomar decisiones con respecto a violaciones relevantes del Código Ético, proponiendo en su caso la imposición de sanciones y la adopción de medidas disciplinarias.
- Aprobar las modificaciones e integraciones a aportar al Código Ético y mantenerlo actualizado.
Vigencia
El presente Código Ético ha sido aprobado por el Consejo de Administración de SECEGSA de fecha 19 de octubre de 2015, estando vigente desde esa fecha en tanto no se produzca ninguna modificación. Las actualizaciones que sea necesario realizar deben ser aprobadas por el Consejo de Administración.